¿Qué hacer si está tramitando el permiso de tenencia o porte de armas y se lo niegan, o si le cancelan el permiso de tenencia o porte de armas? Antes de negarle o cancelarle el permiso de tenecia o porte de armas le tienen que dar vista de las actuaciones, sino la resolución sería nula. Una vez que lo notifican de la vista de las actuaciones, tiene 10 días hábiles a partir del día siguiente para hacer los descargos. Si la Jefatura se mantiene en la decisión de no otorgar o cancelar la tenencia o porte de armas, una vez que lo notifiquen de la resolución denegatoria tiene 10 días corridos a partir del dia siguiente para presentar los recursos oponiéndose a la decisión. Tanto las vistas como los recursos deberían realizarse con asesoramiento de un profesional especializado en la materia.
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El delito de abuso innominado de funciones. Análisis de la figura delictiva.
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